- Tras la publicación, en el día de hoy, de la orden en el Boletín Oficial del Estado que flexibilizan ciertas restricciones derivadas del estado de alarma, se permite que los municipios menores de 10.000 habitantes que se encuentren en fase 0 y 1, puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2.
Una de las modificaciones registradas en esta orden es la eliminación de la aplicación de las franjas horarias. Por lo que no habrá limitaciones horarias para las salidas de los niños, ni para hacer deporte al aire libre.
Otra de las novedades es que los dos padres podrán acompañar a la vez a los menores en los paseos.
Por otro lado, en lo que se refiere a mercados al aire libre o mercadillos serán los ayuntamientos u órganos de gobierno de los entes locales los que decidan se reapertura, dando preferencia a productos alimentarios, y de primera necesidad y atendiendo a las medidas sanitarias fijadas para este tipo de actividad.
En relación con los establecimientos de hostelería y restauración, estos podrán abrir para consumo en el interior del local siempre que no se supere el 40% del aforo y que se respete la distancia mínima de seguridad de dos metros entre los clientes. El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, en ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Las terrazas podrán abrir con el 50% de su capacidad. Por su parte, los locales de discotecas y bares de ocio nocturno deberán seguir cerrados.