El Tribunal de Justicia de la Unión Europea rechazó este jueves el recurso presentado por España contra la decisión de Bruselas de recortaren siete millones de euros unas ayudas agrícolas asignadas a Castilla y León, por las «deficiencias» cometidas en su gestión.
EFE / «No cabe concluir que la Comisión Europea vulneró el principio de proporcionalidad al aplicar una corrección financiera del 5 por ciento de la cuantía de la ayuda concedida con cargo al Fondo europeo de garantía agrícola (FEOGA)», concluye la sentencia.
El litigio se remonta a 2001, cuando la Comisión concedió ayudas procedentes del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (FEDER) y de otros instrumentos a un programa de Castilla y León, en el marco de las intervenciones estructurales en las regiones españolas objetivo número uno.
Tras una auditoria sobre la gestión y control del programa realizada en 2004, la Comisión concluyó que se habían producido «deficiencias» en los controles que se tenían que aplicar.
En un comunicado enviado a España un año más tarde, se informó a las autoridades nacionales de que ese problema podía afectar «al examen de los requisitos de subvencionabilidad».
Tras una reunión bilateral celebrada en 2008 donde España presentó información adicional, Bruselas dio a conocer un año más tarde su decisión definitiva: la necesidad de aplicar una corrección financiera del 5 por ciento en la ayuda otorgada.
Bruselas se basó en la auditoría y las explicaciones dadas por las autoridades españolas, que ponían de relieve las deficiencias en el sistema de gestión y control del programa.
En aplicación de esa decisión, se redujo en cerca de 7 millones de euros (6.959.950) la ayuda concedida.
En el recurso presentado, España cuestionó el «carácter proporcionado de la corrección del 5 por ciento aplicada, alegando que el riesgo de pérdidas al que estuvo expuesto el FEOGA era «claramente inferior al nivel de dicha corrección».