El pasado 1 de enero entro o en vigor la denominada Ley 35/2015, una norma jurídica que reforma el sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, regulando con ella las indemnizaciones conforme al nuevo baremo que como norma general actualiza al alza las cantidades económicas incorporando las circunstancias personales, familiares, laborales o profesionales de las víctimas y perjudicados.
El nuevo sistema estructura las posibles indemnizaciones en: Perjuicio personal básico, Perjuicio personal particular y el Perjuicio patrimonial. Unas categorías que conocen y dominan en bufetes especializados sobre accidentes de tráfico y donde le informaran con detalle de sus posibilidades reales de ser reparado por el daño sufrido.
Recientemente un conocido abogado malaga recordaba que a uno de sus clientes la aseguradora le ofreció 313 euros y, con un acuerdo prejudicial, la indemnización final se ha cerrado en más de 8.000 euros, poniendo de manifiesto la importancia de acudir a especialistas en estos casos.
Aumenta la cuantía de las indemnizaciones
La principal novedad de la nueva regulación del baremo, se centran en el aumento de la protección de las víctimas, elevando hasta en un 50% de media la cuantía de la indemnización en el caso de fallecimiento, e incorporando en la cobertura los gastos derivados de nuevos perjuicios como los importes médicos futuros, ciertos gastos de rehabilitación o necesidades de recambio de prótesis de lesionados graves.
La nueva ley también incorpora, como novedad, también, el derecho al resarcimiento del daño para familiares y amigos durante un máximo de 6 meses, centrándose en los gastos de tratamiento médico y psicológico causado por el accidente.
Si hablamos de porcentajes, la nueva ley, considerando la media del periodo 2005 a 2011:
• Incrementan un 50% de media la indemnizaciones por muerte.
• Incrementan un 35% de media la indemnizaciones por secuelas.
• Incrementan un 12,8% de media la indemnizaciones por lesiones.
Nuevos beneficiarios
Entre las mejoras más demandadas sobre años anteriores destaca el reconocimiento de la indemnización en caso de fallecimiento a los allegados de la víctima. Logrando esa consideración personas que hubieran convivido familiarmente con la victima durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento y fueran especialmente cercanas en parentesco o afectividad.
Intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial
La Ley también tapa uno de los agujeros más polémicos de la seguridad vial, incorporando facilita el intercambio transfronterizo de información sobre infracciones de tráfico en materia de seguridad vial por casos de: Exceso de velocidad, conducción con tasas de alcohol superiores a las reglamentariamente establecidas, no utilización del cinturón de seguridad u otros sistemas de retención homologados, no detención ante un semáforo en rojo o en el lugar prescrito por la señal de «stop», circulación por un carril prohibido, circulación indebida por el arcén o por un carril reservado para determinados usuarios, conducción con presencia de drogas en el organismo, no utilización del casco de protección o utilización del teléfono móvil o de cualquier otro dispositivo de comunicación durante la conducción cuando no esté permitido.