Con esto de la pandemia por coronavirus, y la mayor cantidad de tiempo que muchos de nosotros pasamos en casa, hemos comenzado a prestar atención a aquellos defectos del hogar, o ambientes a los que nos gustaría realizarles alguna reforma o rediseño para que sean más funcionales y bonitos.
Por supuesto, si hablamos de modificaciones que van más allá de la pura estética, es importante tener en cuenta que nos harán falta algunos permisos para acometer la reforma del baño, y mediante las aclaraciones de Bañeraporducha.com, queremos detenernos en ellos para conocerlos a fondo.
Lo primero que debemos considerar es que, cuando se trata de un proyecto de reforma de la vivienda, nos va a hacer falta solicitar un permiso de obra al Ayuntamiento local, acudiendo antes que nada al servicio municipal de urbanismo para comenzar con el trámite.
Se trata de un procedimiento que no debería demorar demasiado, aunque siempre podemos ayudar a que se complete en el menor tiempo posible si ya sabemos cuáles son los pasos a seguir.
Para la entrega del formulario correspondiente en condiciones, será necesario adjuntar la documentación pertinente, que consta de la fotocopia del DNI del propietario de la vivienda, junto con los planos y el proyecto técnico a realizarse, además de la firma del contratista encargado.
Esos papeles pasan directamente desde el Registro hasta el departamento de Licencias, donde los empleados se encargan de verificar que todos los datos estén correctos y, en caso de detectar alguna anomalía, existe un plazo de 10 días para subsanar las deficiencias apreciadas.
Cuando los papeles superen esa instancia, serán trasladados al Arquitecto Municipal, que realizará un informe técnico oficial para comprobar si la reforma del baño planeada se ajusta a la normativa municipal, informando al interesado sobre la concesión de licencia de obras y autorización de éstas.
En la misma notificación se adjudica una hoja de liquidación, que representa el 4% del presupuesto total de la obra, monto que debe abonarse en la Caja antes de retirarnos.
Por otro lado, no está de más aclarar que la solicitud de licencia de obra para reformar un baño no contempla un pedido de permiso a la comunidad de vecinos por lo básico que resulta.
Como conclusión y a modo de encuadre de esta situación, no pierdas de vista que existen dos tipos de licencias que pueden ser solicitadas, que se distinguen entre obra mayor y obra menor. Las primeras refieren a la edificación de una nueva planta, ampliación tanto en superficie, como en altura o volumen. Las segundas, y aquí entra la reforma del baño, representa un trabajo de mínima entidad constructiva, que no afecta al inmueble en su totalidad.
Hechas todas estas aclaraciones, aún así puedes evitarte muchos problemas si te pones en manos de profesionales que se encarguen de tramitar tu solicitud de reforma del baño, ya que estas personas conocen detalladamente cuáles son los pasos a seguir y cómo evitar pérdidas de tiempo y dinero.